Cómo proceder con la Recuperación del IVA en impagados

El incremento del volumen de impagados, la difícil coyuntura económica y la nueva normativa tributaria que fuerza a ingresar el IVA repercutido en las facturas emitidas a clientes, aunque no se hayan cobrado son, actualmente, elementos que contribuyen a la carencia de liquidez de pequeñas empresas, autónomos y profesionales.

No obstante, la propia Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido establece un mecanismo, no conocido por muchas empresas y autónomos, para recobrar este Impuesto ingresado en Hacienda por las facturas emitidas y no cobradas. De cara a contrarrestar las consecuencias de tener una clientela deudora, Hacienda te posibilita hacer la Recuperación del IVA en impagados.

Para poder optar a este reingreso, es preciso que, o las facturas pendientes de pago sean de clientes en situación de concurso de acreedores, o hayan resultado incobrables por haber pasado un tiempo superior a 6 meses desde la emisión de la factura original. O bien 1 año si el volumen de tus operaciones supera los 6 millones de euros.

Recuperación del IVA en impagados. ¿Cómo proceder?

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Como sabemos es de obligación legal liquidar el IVA repercutido en facturas que aún no se ha cobrado. Esto es un problema frecuente en el pequeño empresario. Pero, dentro de la misma ley de IVA se incluye un concepto que muchos empresarios desconocen: la posibilidad de recuperar el IVA de facturas impagadas.

Para eso existen una serie de requisitos que consideran una factura “incobrable”.

  • Tu cliente deudor debe ser un autónomo o una empresa.
  • Debes haber registrado la operación en tu registro de contabilidad y liquidado el IVA.
  • La factura no se debe haber cobrado durante los 6 meses posteriores a la fecha de su emisión.
  • Tendrás que haber reclamado el pago de la deuda.

Si liquidaste el IVA de una factura que sabes que no vas a cobrar, deberás seguir una serie de pasos para recuperar ese mismo IVA:

  • Emitir una factura rectificativa que anule la factura impagada.
  • Reclamar judicialmente o en notario la factura impagada.
  • Enviar a Hacienda la factura rectificativa.
  • La factura rectificativa debe ser incluida en el modelo trimestral en el periodo en el que la emites.

Como cualquier trámite, hay plazos que cumplir. Deberás emitir la factura rectificativa en el plazo de 3 meses desde que se cumplen los 6 meses o 1 año del impago.

¿Qué es una factura rectificativa?

iva impagado

Si una factura reconoce una deuda por venta o bien prestación de un servicio, la factura rectificativa se emite cuando el primer documento contiene algún fallo o bien infringe los requisitos legales precisos. Asimismo, se puede emplear para devoluciones de mercancías.

De este modo, la factura rectificativa posibilita corregir dicho fallo. Además de esto, a efectos contables, repara cualquier desajuste producido por la factura original. Por ende, no solo subsana cualquier problema que se haya encontrado en la factura original, sino que tiene validez contable. Una vez emitida, Hacienda va a devolver el Impuesto sobre el Valor Añadido que se haya pagado o bien cobrado por la factura que contenía el fallo. De este mismo modo, y como mencionamos arriba, en una deuda la factura rectificativa anula la factura impagada.

Su fecha de emisión es cuando una de las dos partes detecta un error en la factura original. No tiene que ser al momento, pero se debe comunicar y emitir antes que hayan transcurrido más de 4 años desde la fecha de expedición.

En el caso que nos corresponde, se debe emitir la factura rectificativa en el plazo de 3 meses después de que se cumplan los 6 meses o 1 año del impago.  En esa factura podrás añadir una nota como el siguiente ejemplo: “Factura rectificativa de la base imponible del IVA por operación gravada incobrable, de conformidad con el artículo 80. Esta factura no implica la renuncia al cobro del crédito principal de la operación.”

Cómo reclamar el pago de una factura a tu cliente

En el caso de impago te invitamos a la reclamación judicial por medio de un proceso monitorio, tiene un coste bajo y requiere menos tiempo que otros procesos de reclamación.

El procedimiento monitorio por impago de facturas, es el proceso para exigir una deuda impagada. Tiene como objetivo recibir el dinero de nuestros clientes morosos lo antes posible. Este procedimiento se encuentra regulado por la Ley de Enjuiciamiento Civil, es un proceso rápido de reclamación de deudas.

Si la deuda es inferior a 2.000€, no necesitas abogado para el juicio. Será un secretario judicial quien estudie el caso y posibles discrepancias. Finalmente será el juez quien tome la decisión.

Si la deuda es superior a 250.000€, puedes acudir al requerimiento notarial.

Informa a la Agencia Tributaria y a tu cliente deudor para la Recuperación del IVA

Una vez has hecho la reclamación de la deuda y has emitido la factura rectificativa, tienes un mes para informar a Hacienda. Para hacerlo bien y sin incidentes, recuerda que tienes que acreditar la reclamación de la deuda. No olvides mandar a tu cliente deudor una copia de la factura rectificativa.

Si tu cliente deudor esta en concurso de acreedores, los plazos cambian, se estrechan y se aceleran. Desde el momento en que en el BOE se publica el auto de declaración de concurso, vas a tener 1 mes (15 días si el concurso es abreviado) para emitir la factura rectificativa y después 1 mes más para informar a Hacienda y a tu cliente deudor.

Preguntas Frecuentes:

¿Cómo autónomo debo de incluir la factura rectificativa en el modelo trimestral?

Si, ya que este es el momento en que recuperarás el IVA. Se restará del IVA a pagar o se incrementará el IVA a devolver.

¿La factura rectificativa se debe comunicar a hacienda? ¿En qué plazo y vía?

Se debe siempre informar a Hacienda de las facturas rectificativas después de ser presentada la reclamación judicial o notarial. Tienes un plazo de 1 mes para hacerlo desde la emisión de la factura rectificativa. Podrás comunicarla por vía electrónica. No te olvides que es importante comunicar esta factura rectificativa al destinario de la deuda por medio de un burofax, por ejemplo. 

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