Deducción vivienda habitual | ¿Cómo hacerlo?

Las deducciones por inversión en vivienda habitual en España están reguladas por el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) y permiten a las personas que adquieren o rehabilitan una vivienda para uso propio obtener una reducción en su factura fiscal. Estas deducciones se aplican en forma de deducciones fiscales directas, lo que significa que se aplican directamente sobre la base imponible del contribuyente y pueden llegar a reducir significativamente la cantidad final a pagar en impuestos.

Las deducciones por inversión en vivienda habitual se encuentra derogada, se mantiene la transitoria para los créditos hipotecarios anteriores al 1 de enero de 2013. La transitoria se refiere a que aquellas personas que tenían créditos hipotecarios anteriores a esa fecha todavía pueden beneficiarse de la deducción hasta que finalice su crédito hipotecario. Sin embargo, después de eso, la deducción ya no estará disponible.

La transmisión de la vivienda habitual por parte de personas mayores de 65 años o en situación de dependencia severa o gran dependencia está exenta de impuestos. Para que esto sea posible, debes cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener más de 65 años
  • Estar en situación de dependencia severa o gran dependencia de conformidad con la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.

Si cumples con estos requisitos, no tendrás que declarar la ganancia patrimonial derivada de la venta, ya sea onerosa o lucrativa, de tu vivienda habitual. La exención se aplica tanto si vendes la vivienda por un precio determinado como si lo haces a cambio de una renta temporal o vitalicia. También se aplica a la venta de la propiedad de la vivienda por parte de su titular mayor de 65 años, reservándose este último el usufructo vitalicio sobre la misma.

Sin embargo, cuando el pleno dominio de una vivienda se encuentra dividido entre el propietario y el usufructuario, ninguno de ellos podrá aplicar las exenciones previstas con ocasión de la venta de la vivienda, incluso si se trata de su vivienda habitual.

Para efectos de la aplicación de esta exención, se entenderá que el contribuyente está vendiendo su vivienda habitual cuando la misma sea su vivienda habitual en ese momento o lo haya sido hasta cualquier día de los dos años anteriores a la fecha de la venta.

Es importante tener en cuenta que para poder acceder a estas deducciones es necesario cumplir con ciertos requisitos, como por ejemplo que la vivienda sea utilizada como vivienda habitual y exclusiva del contribuyente y que éste no tenga otra vivienda a su nombre en el momento de adquisición o rehabilitación. También es necesario presentar la correspondiente declaración de la renta y acreditar el coste de la inversión mediante la correspondiente factura o justificante.

En la actualidad, las deducciones por inversión en vivienda habitual en España están en constante cambio y evolución, ya que dependen de las políticas fiscales del gobierno en cada momento. Por ejemplo, durante los últimos años se han realizado diversas modificaciones en las condiciones y límites de estas deducciones, como la introducción de límites a la deducción por adquisición de segunda vivienda y la eliminación de la deducción por compra de vivienda protegida.

Estas modificaciones han tenido como objetivo adaptar las deducciones por inversión en vivienda habitual a las necesidades y condiciones del mercado inmobiliario en España, y han generado cierta polémica entre los contribuyentes y la comunidad financiera. Por un lado, algunos consideran que estas medidas restringen el acceso a la vivienda y dificultan el ahorro de las familias, mientras que otros argumentan que son necesarias para equilibrar el mercado y evitar el sobreendeudamiento de los hogares.

En cualquier caso, es importante estar informado sobre las últimas novedades en materia de deducciones por inversión en vivienda habitual en España, ya que pueden tener un impacto significativo en la factura fiscal de los contribuyentes. Por ello, es recomendable consultar la información más actualizada en fuentes oficiales, como la página web de la Agencia Tributaria o la normativa fiscal correspondiente, y asesorarse con un profesional en caso de duda.

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