Comencemos primeramente por definir los qué es un autónomo societario. De esta manera podrás saber si entras en este grupo de personas y cuánto debes pagar a la Seguridad Social por ejercer actividades de este tipo.
En este sentido, un autónomo societario: seguridad social es toda persona que trabaje por cuenta propia o que sea parte de una sociedad mercantil.
Puede ocurrir que la empresa tenga varios socios o fundadores, en estos casos al menos uno de estos representantes debe darse de alta ante la Seguridad Social al momento de constituir la empresa.
¿Cuáles son los requisitos para ser un Autónomo Societario?
Para ser considerado autónomo societario y darse de baja ante la Seguridad Social hay que cumplir con los siguientes requisitos:
- Desarrollar labores de dirección y de gerencia.
- Ser socio de más del 25% del capital.
- Disponer de más del 50% de las participaciones. Aunque el socio que no tenga participaciones también deberá darse de alta en la Seguridad Social siempre y cuando resida en España.
Todos los socios deben darse de alta. El no hacerlo supone una sanción administrativa que oscila entre 300 y 3.000 euros.
Diferencias entre un autónomo y un autónomo societario
La principal diferencia entre ambos autónomos es que el autónomo societario es como su nombre refiere socio o fundador de una empresa.
Asimismo, encontramos que el autónomo tiene responsabilidad patrimonial personal ante las deudas; y la responsabilidad del autónomo societario recae sobre el capital de la empresa.
El autónomo debe tributar el IVA y el IRPF, siendo que al final del año fiscal se aplican los tramos del IRPF sobre la base imponible de su salario anual.
En el caso del societario, este solamente tributa por una cantidad fija, sin tomar en cuenta sus ingresos reales, pero pagando más impuestos que el autónomo, porque este último tienen a facturar menos.
El societario puede solicitar tarifa plana y esta difiere del autónomo.
¿Qué pasos cumplir para darse de alta como autónomo societario seguridad social?
Si quieres darte de alta como autónomo societario debes completar los siguientes pasos. Recuerda que esto es un trámite obligatorio al momento de constituir una empresa así que no lo pases por alto para evitar ser sancionado.
Darse de alta es un trámite sencillo que puedes hacer desde tu hogar u oficina. Para completar el paso debes:
1. Ingresa a la página web de la Seguridad Social
Una vez allí dirígete hacia la ventana de servicios de afiliación. Marca la opción del modelo TA. 0521-5. Esta es la planilla que contiene el modelo correspondiente al alta, baja o para la modificación de datos en el régimen de autónomos societarios.
2. Completa el formulario con tus datos
Este paso es muy importante porque deberás suministrar tu información y la de la empresa. Rellena todos los campos.
Ingresa tu DNI y el número de la Seguridad Social.
Recuerda indicar que el trámite es un alta así como el epígrafe del IAE correspondiente a tu actividad profesional.
3. Carga de documentos
Para formalizar el alta debes consignar los siguientes documentos en formato PDF, según sea el caso:
- Documento de constitución de la sociedad (original y copia)
- Fotocopia del D.N.I. del solicitante.
- Modelo 036 conforme a la actividad económica que se da dado de alta.
4. Señalar la base de cotización que se quiere utilizar
5. Escoge el tipo de autónomo societario y el porcentaje del capital social aportado.
6. Señala el carácter con el que actúas y completa los datos que se te indican.
Escoge si eres administrador, fecha de otorgamiento de la escritura, nombre del notario y número de protocolo a que corresponde.
Presiona la opción de siguiente y serás redirigido a la hoja de resguardo.
7. Dirígete a la oficina de Seguridad Social más cercana.
Finalmente, para completar la solicitud tienes que entregar los formularios y la documentación antes mencionada en la oficina de Seguridad Social (copia de 036, DNI, escritura de constitución).
¿Cómo debe cotizar un autónomo societario?
El autónomo societario paga más impuestos que el autónomo porque se supone que factura más.
Pero, ¿cómo saber cuánto debe cotizar?
El 15 de octubre de 2021 quedó establecido que el autónomo societario que cotizara por la base mínima haciendo frente a 1.234,86 euros, a este monto se le aplicará un porcentaje sobre la base del 30,6%,lo que supone una cuota mensual de 377,87 euros.
Ahora bien, el que cotice sobre una base mínima de 960,60 euros debe pagar una cuota de 293,94 euros mensuales.
También puede acogerse a la Tarifa Plana de 60 euros al mes por un año. No obstante, esto aplica solo para nuevos autónomos de tipo societarios. Es decir, para aquellos que estén dándose de alta por primera vez.
Debido a los problemas económicos que enfrenta el país, el Gobierno paralizó la subida de la cuota de autónomos societarios, la cual era de 3,71 euros. Antes de la pandemia cada año esta cuota se subía y el monto dependía del SMI.
¿Cómo es la tarifa plana para autónomos societarios hasta la fecha?
Como mencionamos en las líneas anteriores, la cuota de la tarifa plana es de 60 euros. El importe fijo mensual tiene una duración de 1 año. Transcurrido este tiempo tendrá un aumento en los próximos dos años hasta nivelarse con la cotización general.
La tarifa plana no es un montón que se aplique sobre la base de la cotización mínima de los autónomos societarios, es decir sobre 1.234,86 euros. Es una cuota única de 60 euros para los autónomos durante su primer año de actividad.
Estos serían los montos de la tarifa plana para nuevos autónomos societarios durante los primeros 24 meses:
- Primer año: 60 euros al mes (sobre la base mínima de cotización de 960,60 euros).
- A partir del mes 13 al 18: 224,80 euros al mes durante 6 meses. Aquí se aplica una bonificación del 50% (sobre la base mínima de cotización de autónomos societarios de 1.234,86 euros).
- Del mes 19 al 24: 282,03 euros al mes durante otros 6 meses. Se aplica una bonificación del 70%.
- Después la cuota a pagar será de 377,87 euros al mes.
Esta inclusión de los autónomos societarios en la elección de la cuota de tarifa plana es nueva y tiene efecto retroactivo si has pagado de más, por lo que puedes solicitar la devolución de las cuotas.
¿Es tu caso? Esto es lo que puedes hacer para solicitar la devolución de la tarifa plana pagada de más
La reclamación se realiza directamente en las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social presentando un escrito detallado por ingresos indebidos. Una vez que lo reciban deberás esperar su aprobación o desestimación.
Si la respuesta a tu requerimiento es negativa o no obtienes una respuesta pasado 6 meses puedes:
- Presentar un recurso de alzada ante la Seguridad Social.
- En caso de negativa o falta de respuesta, una vez agotada la vía administrativa deberás presentar un escrito en los tribunales. Para ello necesitarás de la asistencia de un abogado.
Ingresando a la siguiente página puedes realizar la solicitud de ingresos indebidos a la seguridad social. Descarga la plantilla editable llénala con tus datos y preséntala en la Tesorería.
Requisitos
- Haberse dado de alta después del año 2016
- Tener el plan de tarifa plana de 60 euros. Siempre y cuando el solicitante no se haya dado de alta como autónomo con anterioridad.
- O, que hayan transcurrido 3 años desde la baja anterior.
- Estar solvente con Hacienda o con la Seguridad Social.
Jubilación activa de un autónomo societario
Una de las polémicas de este tipo de autónomos es que no está permitido
solicitar la jubilación activa y cobrar el 100% de la pensión.
La jubilación activa es la situación en la que una persona en edad para jubilarse continua trabajando pero, disfruta de un salario y también de la pensión.
¿Qué pasa? Pues bien los autónomos societarios no pueden ser reemplazados por un trabajador. Es decir, su rol como trabajador autónomo. Sin embargo, si puede jubilarse solo que cobrará el 50% de la pensión junto con un plan de pensiones en caso de que lo tenga.
Para muchos esta regulación es injusta y a pesar de que existe una sentencia que reconoció a un autónomo societario su derecho de cobrar el 100% todavía no hay una ley que establezca esto.
Aspectos que debes conocer si eres autónomo societario
Si eres hombre menor de 30 años o mujer menor de 35, tienes derecho a 6 meses de bonificación.
Los autónomos societarios tienen que ser socios de una empresa y poseer la mayor parte de las acciones.
Cotizan sobre una base mínima más alta que la del autónomo, es decir, más de 1.200 euros.
Las ventajas de ser un autónomo
El trabajo por cuenta propia supone muchas ventajas y es una excelente alternativa para generar dinero. Conoce algunas de ellas por si estás pensando emprender o por si ya tienes tu propia participación en una sociedad.
Tendrás libertad horaria
Como autónomo serás tu propio jefe y podrás establecer tu horario de trabajo a tu conveniencia. No tendrás inconvenientes por llegar tarde a la oficina, ni tampoco tendrás a alguien controlando tu tiempo.
Ganarás más dinero
Los trabajadores autónomos ganan más dinero que los trabajadores dependientes. Tú estableces cuánto cobrar por tu trabajo. Las ganancias dependerá del tiempo que dediques al trabajo, la productividad y profesionalismo.
Podrás desgravar el IVA en algunos casos
En algunos casos podrás desgravar el IVA ahorrando un 21% en muchos conceptos como la gasolina, equipamiento informático o gastos que se relacione con tu negocio.
Por ejemplo, si tienes que pagar 2.500 euros de IVA facturado a la Agencia Tributaria pero ya has abonado 2.000 euros de IVA en productos y servicios relacionados con tu actividad como los antes mencionados solo tendrás que pagar 1.500 euros de IVA trimestral porque se entiende que los otros 1.000 euros ya los has pagado al adquirir los productos.
Contarás con asistencia sanitaria
Todos los autónomos dados de alta en la Seguridad Social pueden ser atendidos en cualquier centro de salud u hospital de su comunidad autónoma o en cualquier parte de España en caso de que sea necesario.
Crecimiento profesional
Tú serás el único responsable de ir creciendo profesionalmente. Tendrás que capacitarte en tu área no obstante será más sencillo escalar.
Facilidades de financiamiento
Como sociedad es más sencillo obtener financiación bancaria para invertir en tu empresa.
Desventajas de ser autónomo
No todo es color de rosa. Los autónomos también se encuentran con inconvenientes a la hora de emprender. Estas son algunas de las desventajas:
No hay un salario fijo
Los autónomos no perciben un salario fijo, sino que ganan de acuerdo a lo que venden. Es posible que haya meses en los que tengas mejores ganancias que otros.
Tendrás responsabilidad limitada
Esto quiere decir, que si contraes una deuda tendrás que responder con tu patrimonio o con el de tu empresa tal y sea el caso. (Esto no ocurre con las sociedades limitadas).
Tu carga fiscal será más alta
Como autónomo tendrás que pagar impuesto más altos, descontando de tus honorarios el IVA y el IRPF. Para el caso de las empresas, el IRPF, es un impuesto fijo de 21% independientemente de los ingresos que percibas. Por tanto en función de tu facturación tendrás que elegir entre una opción u otra.
Solo algunas desgravaciones fiscales
Como autónomo solo puedes desgravar el 50% del total (y del IVA).
Mayor control de gastos
Debes llevar un control estricto de tus gastos e ingresos. Tendrás que conservar las facturaciones para que puedas hacer las declaraciones de impuesto de manera correcta y evites ser sancionado.
Comenzar será difícil
Cuando empiezas a trabajar por cuenta propia los primeros pasos son difíciles sobre todo para encontrar clientes. Tendrás que hacer publicidad para darte a conocer y así expandir tu negocio.
Si desarrollas actividad como societario la inversión será mayor, ya que tendrás que pagar por el registro mercantil, contactar con un abogado, entre otras cosas. Así que recuperar la inversión te llevará un poco de tiempo.